10/12/12

Sociedades personalistas


 Son aquellas en las que cuenta la persona del socio con independencia de la aportación económica realizada (SOCIEDAD COLECTIVA y SOCIEDAD COMANDITARIA SIMPLE).

Sus características más significativas son:
    • La CONDICIÓN DE SOCIO es intransmisible.
    • La RESPONSABILIDAD de los socios por las deudas sociales frente a terceros es personal e ilimitada.
    • La ADMINISTRACIÓN de la sociedad corresponde a los socios.

No hay comentarios:

Publicar un comentario