10/2/14

Operaciones no SUJETAS A I VA.

Pero veamos más detalladamente estas operaciones no sujetas al IVA:
  • La cesión de todo el patrimonio de una empresa a una sola persona jurídica, siempre y cuando ésta vaya a continuar la actividad de dicha empresa.
  • Cuando el consumidor disfruta de un producto o servicio que no posee un valor comercial estimable; como los productos de promoción gratuítos para el consumidor.
  • Las entregas que tengan carácter publicitario. 
  • Los servicios ofrecidos a las cooperativas por parte de los socios de las mismas, y que sean prestados a las demás cooperativas por sus socios de trabajo.
  • La cesión de dinero a modo de contraprestación o pago.
  • Las concesiones y las autorizaciones administrativas, excepto las que tengan por objeto la cesión del derecho a utilizar inmuebles o instalaciones en puertos y aeropuertos.

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